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Al cumplirse ocho meses y un día de la muerte de Diana Carolina, el causante recibió una condena de 34 años ocho meses de prisión y una multa de 1.300 salarios básicos unificados

El hombre recibió la máxima pena de 26 años de reclusión, y al comprobarse que era una mujer embarazada se incrementa el tercio de la pena, dando un total de 34 años ocho meses.

Luego de dos días de audiencia de juzgamiento, esta tarde el Tribunal Único de Garantías Penales de Imbabura lo declaró culpable del delito de femicidio agravado.

La Fiscalía acusó a Yordis L. por el delito de femicidio con agravantes, pero el defensor público del acusado señaló que durante la audiencia no probaron que hubo violencia familiar. “El 90% de los testigos que no eran familiares no podían demostrar que hubo violencia intrafamiliar”, por lo que solicitó que se lo sancione con el delito de asesinato.

Para Marlon Jácome, abogado de la familia, la pena en los dos delitos casi no varía en la cantidad de años de condena; no obstante, enfatizó que en caso de no ser considerado un delito de femicidio los hijos de Diana Carolina no recibirían el reconocimiento económico del Estado, aprobado hace poco por el presidente Lenín Moreno.

Por su parte, la fiscal María Bernal explicó en la contraréplica que “Fiscalía si probó que hubo violencia intrafamiliar se hizo un examen psicológico al acusado donde demuestra un cuadro agresivo y el perito en el examen médico legal demostró que ella fue agredida el día anterior tenía un hematoma en el rostro de la víctima”.

También exclamó que durante 90 minutos ella se paralizó, no pudo huir de su agresor existe femicidio.

Yordis registra detenciones por violación y agresión a funcionarios públicos en Venezuela, según información de interpol que consta en el proceso judicial.

Aunque esto no implica que afecte la decisión de los jueces o incremente la pena.

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