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“La facultad expropiatoria es una facultad que existe en la Constitución”, señaló la Jueza Vanessa Wolf quien revocó las medidas cautelares dictadas por el Juez Ítalo Zambrano, a favor de la Compañía Vimare, en referencia al proceso de expropiación del terreno donde se construirá la estación “Durán” del proyecto Aerovía, es decir no existe ninguna restricción de carácter legal ni constitucional en contra de la ejecución de la Aerovía, que continuará en beneficio de la movilidad e integración urbana de las comunidades de Guayaquil y Durán.

Durante la audiencia de revocatoria, la Jueza indicó que nunca se reunieron los requisitos ni los presupuestos constitucionales y legales para haber otorgado medidas cautelares y por lo tanto no hay impedimento para continuar con el proyecto.

“El Proyecto Aerovía quedó completamente liberado de cualquier tipo de resolución de carácter judicial, no se puede utilizar la administración de la justicia para fines ajenos del derecho y por lo tanto, esta sentencia reivindica la judicatura del país y de la ciudad, se ha ratificado una vez más que los argumentos del Municipio de Durán, de Guayaquil y de la ATM están apegados a la constitución y a la Ley” indicó el Ab. Andrés Ortíz, Asesor Jurídico Externo de la Autoridad de Tránsito Municipal, señalando además que la expropiación  del 100% del terreno en cuestión, es plenamente legítima y constitucional, ante los dichos de la contraparte que adujo una supuesta expropiación a favor de terceros.

El estudio de factibilidad determinó, tras analizar aspectos tales como demanda, conectividad, precio, factibilidad técnica, financiera y socioeconómica, que la ruta DURÁN – ESPOL – JULIÁN CORONEL – PARQUE CENTENARIO, la cual comprende la expropiación del terreno en Durán, es la menos invasiva en términos urbanísticos, tiene la menor cantidad de obstáculos sobre el corredor del trazado, entre otros, tal y como reiteró el Gerente General de la ATM, Ab. Andrés Roche.

“No pueden prestarse ciertos actores procesales y ciertos jueces a querer boicotear un proyecto con tantos beneficios para Durán y Guayaquil en su movilidad. No podemos interponer el interés particular, frente al interés general de la ciudadanía. La potestad de las entidades públicas de expropiar no es cuestionable, lo único que se puede discutir es el valor de la propiedad”, afirmó el Ab. Roche.

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